Santo Domingo.- Desde que la Procuraduría General de la República (PGR) dio a conocer la semana pasada un listado de las multas que los ciudadanos que violenten el toque de queda deberán pagar, ha surgido la interrogante que si es legal o no. Las sanciones van entre uno y 10 salarios mínimos.
Al ser consultado por elCaribe, el abogado y especialista en Derecho Penal, Félix Portes, explica que la Ley General de Salud 42-01, en su artículo 153 establece multas para las personas que incumplan las medidas impuestas por el Ministerio de Salud Pública para prevenir y controlar las enfermedades transmisibles.
Al respecto, el artículo 153 de la ordenanza indica que los ciudadanos que que incumplan serán sancionados entre uno a 10 salarios mínimo nacional (10 mil pesos mensuales).
“Incumplir con las medidas dispuestas por la SESPAS (Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social) para prevenir y controlar las enfermedades, al igual que las prescripciones de carácter sanitario”, establece la Ley 42-01.
De acuerdo con lo explicado por Portes, la ley también establece que los reincidentes podrán ser sancionados con el doble de las penas impuestas.
El artículo 161 explica el procedimiento a seguir, es decir, que cuando se compruebe que una persona está incumpliendo con las medidas dispuestas por el Ministerio Público, la autoridad sanitarias competente.
“Es decir que un inspector de Salud Pública, o una persona del ministerio debe levantar el acta correspondiente de la infracción y someterla al Ministerio Público para que este órgano ejecute la acción pública o apodere al tribunal ordinario competente, dependiendo de la infracción”, resalta el experto en derecho.
Juez dice leyes no castigan
En cambio, el juez José Alejandro Vargas, coordinador de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, afirmó que en el país no hay legislación que permita sancionar a una persona por violentar un toque de queda.
Por lo que entiende que la Ley General de Salud, no es lo mismo que una legislación de sanciones para toque de queda.
“No hay una legislación para condenar a una persona que incumpla la disposición implementada para frenar el contagio por el coronavirus en el país”, sostuvo Vargas.
En ese sentido, el juez plateó que el Poder Ejecutivo o la PGR sometan al Congreso Nacional un proyecto de ley para perseguir y judicializar las violaciones del toque de queda.
Nueva disposición
Una nueva disposición de la Procuraduría indica que la multa más baja por violación al toque de queda en lo adelante será de un salario mínimo, es decir, 10 mil pesos.
Además, los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas serán sometidos ante un juez de Paz de la jurisdicción correspondiente que conozca asuntos contravencionales.