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Corte declara ilegal huelga mina Maimón y autoriza desafuero

La Corte de Trabajo del Departamento Judicial de La Vega ordenó el desafuero del secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Mina Cerro de Maimón (Sitracema), Rubén Orlando García Santana (Macho), por entender que existen “pruebas legales en su contra”.

El tribunal declaró ilegal la huelga que dicho sindicato mantiene en dicha, promovida por García Santana

La orden está contenida en la sentencia laboral 479-2023-SSEN-0071, la cual está firmada por los magistrados Miguel Patricio Minguijón Abreu, María Altagracia Ramos, Cristian de Jesús Paulino, Ramón Santiago Rosario y Keila Acosta Mena.

Debido a la huelga, que ha causado pérdidas significativas para la empresa, los empleados y la comunidad, CORMIDOM se vio en la necesidad de suspender sus operaciones productivas y entrar solamente en fase de mantenimiento, en un esfuerzo para preservar la seguridad de los empleados y el fututo del negocio.

Éste martes la empresa Corporación Minera Dominicana (CORMIDOM) dijo que respeta las leyes de la República Dominicana y como tal acata la decisión de dicha Corte.

Yipsy Roa, representante legal de CORMIDOM expresó: “Desde un principio, CORMIDOM ha estado apostando al respeto y aplicación de las leyes en la República Dominicana. En ese sentido respetamos la decisión de este tribunal”.

Roa dijo que la empresa reitera su compromiso con el libre derecho sindical de sus empleados, siempre en el marco del respeto a las normativas legales de la República Dominicana.

Solicitó “la unidad de todos, la empresa, empleados y comunidad, para generar la confianza de los inversionistas a fin de puedan decidir continuar las operaciones en República Dominicana y poder reabrir la mina”.

La barra de la defensa de la empresa estuvo compuesta por los juristas, Yipsy Roa, Martín Valerio, Miguel Valerio, Juan Moreno, Washington González y Sebastián Urraca.

EL FALLO

El fallo de la corte dice textualmente lo siguiente:

“PRIMERO: Se declara regular y válida en cuanto a la forma la demanda en declaratoria de huelga ilegal y levantamiento de fuero sindical, incoada por la empresa Corporación Minera Dominicana, S.A.S, (CORMIDOM), en perjuicio de los señores Rubén Orlando García Santana, Francisco Javier García Ortíz, Carlos Alfredo Blanco Rodríguez, Mauricio de Jesús Ulloa Peralta, Ambiorix Torres, Henry Payano, Pascual Gil, Juan Ramón de Jesús Pérez y Alfredo Muñoz Gautier, por haber sido hecha de conformidad con lo que prescribe la ley.

SEGUNDO: En cuanto al fondo se rechaza la demanda en declaratoria de huelga ilegal interpuesta por la empresa Corporación Minera Dominicana, S.A.S, (CORMIDOM), en perjuicio de los señores Rubén Orlando García Santana, Francisco Javier García Ortíz, Carlos Alfredo Blanco Rodríguez, Mauricio de Jesús Ulloa Peralta, Ambiorix Torres, Henry Payano, Pascual Gil, Juan Ramón de Jesús Pérez y Alfredo Muñoz Gautier, por los motivos expuestos en esta decisión.

TERCERO: Se acoge en parte la demanda en levantamiento de fuero sindical interpuesta por la empresa Corporación Minera Dominicana, S.A.S, (CORMIDOM), en consecuencia, se ordena el desafuero del trabajador protegido por el fuero sindical, señor Rubén Orlando García Santana, por reposar en pruebas legales y a su vez se rechaza la indicada demanda en perjuicio de los señores Francisco Javier García Ortíz, Carlos Alfredo Blanco Rodríguez, Mauricio de Jesús Ulloa Peralta, Ambiorix Torres, Henry Payano, Pascual Gil, Juan Ramón de Jesús Pérez y Alfredo Muñoz Gautier por improcedente, mal fundada y falta de prueba y méritos legales.

CUARTO: Se ordena la notificación de la presente sentencia a las partes a través de un ministerial competente de la jurisdicción laboral.

QUINTO: Se compensan las costas del procedimiento”.

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